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Ley de Comunicación con todos y para el bien de todos

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“Uno de los grandes desafíos que nos impone ahora mismo la nueva Ley, se deriva de las concepciones, visiones e interpretación de la Comunicación en el ámbito digital y su integración con el resto del Sistema, por la complejidad de un escenario que evoluciona a una velocidad sin precedentes, tal como habíamos comentado antes”. Migue Díaz-Canel Bermúdez. Primer Secretario del PCC y Presidente de la República de Cuba.

El pasado 25 de mayo de 2023 fue aprobada en la Asamblea Nacional del Poder Popular el Proyecto Ley de Comunicación Social, La creación de la norma, inicialmente como Decreto-Ley y luego como Ley, es el resultado de un amplio y riguroso proceso de construcción colectiva en el que han participado profesionales y expertos de diferentes disciplinas, organizaciones e instituciones hasta llegar a la actual versión 34.

Onelio Castillo Corderí, Vicepresidente del Instituto de Información y Comunicación Social señala que es una ley que irrumpe en un escenario global convertido en un verdadero campo de batalla. Siendo un espacio de confrontación ideológica en el entorno comunicacional, convertida en una plaza simbólica donde están presentes intereses de todo tipo y de todas las alineaciones sociales y culturales. Donde Cuba debe defenderse ante la guerra ideológica, subversiva y mediática a la que se enfrenta con mucha fuerza.

Compuesta por 19 capítulos, 107 artículos y dos títulos fundamentales, se sustenta de la práctica comunicacional cubana de más de dos siglos y de importantes referentes a nivel mundial. También desarrolla con exactitud la comunicación en los ámbitos mediático, comunitario y organizacional, tanto en los entornos físicos como digitales. Dentro de sus objetivos está proteger los derechos de las personas a la información y a la comunicación.

La ley es una normativa democrática en su creación y en su proyección hacia el futuro, pues posibilita el ejercicio y desarrollo de los más de 10 derechos reconocidos en la Carta Magna según consta en la Constitución de la República, teniendo un ejercicio pleno a partir de la influencia y participación directa de la comunicación social, que permita que los ciudadanos asuman y conozcan sus libertades, que las interioricen, las concienticen y estén en capacidad de exigir su vigencia.  Con sus derechos y deberes, en este caso, los límites para nuestra sociedad están establecidos en el Artículo 45 de la Constitución. A criterio de Jorge Legañoa, Vicepresidente de la Unión de Periodistas de Cuba. La ley es una fortaleza para los periodistas cubanos y también para los comunicadores y la Academia. Es un instrumento para trabajar, una herramienta para ir todos los días a hacer un mejor periodismo y profundizar en la transformación del sistema de todos medios de comunicación. (Tomado del Periódico Cubarte. Foto de portada: Infografía realizada por la autora)

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